miércoles, mayo 04, 2011

justicia


Si hay algo en lo que todos estamos de acuerdo es en que el sistema de justicia debe cambiar, que no es eficiente, que es corrupto con excepciones. Ni siquiera la partidocracia propone que se dejen las cosas como están. El problema es el cómo, el quién, la visión con la que deben darse estos cambios.

Para analizar el tema de la justicia, empezaré por la pregunta 5:

¿Está usted de acuerdo en modificar la composición del Consejo de la Judicatura, enmendando la Constitución y reformando el Código Orgánico de la Función Judicial, como lo establece el anexo 5?
En el anexo, entre otras cosas, indica que los delegados del Consejo de la judicatura "serán elegidos mediante ternas enviadas por el Presidente de la Corte Nacional de Justicia, cuyo representante lo presidirá; por el Fiscal General del Estado, por el Defensor Público, por la Función Ejecutiva y por la Asamblea Nacional.
Los delegados mencionados en el inciso anterior serán elegidos por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, a través de un proceso público de escrutinio con veeduría y posibilidad de una impugnación ciudadana."

Actualmente, la constitución dice que "La designación de las vocales y los vocales del Consejo de la Judicatura y sus suplentes se realizará por concurso de méritos y oposición con veeduría e impugnación ciudadana. Se elegirán seis vocales profesionales en Derecho y tres profesionales en las áreas de administración, economía, gestión y otras afines."

Con este cambio en la constitución surgen tres problemas gravísimos:
1.- El Consejo de la Judicatura será manejado por la Corte de Justicia, la Fiscalía, la Defensoría Pública, la Presidencia y la Asamblea Nacional.
Con esto, se van al diablo la separación de poderes y su independencia. Bastará que un presidente (Correa o cualquier otro) tengas mayoría en la Asamblea Nacional y pueda captar cualquiera de las otras funciones (la defensoría pública, por ejemplo), para que tenga asegurado el manejo de la justicia. Es más, por el mero hecho de tener un representante, el partido político que tenga mayoría en la Asamblea Nacional y el presidente de la república (Correa o cualquier otro) estarán metidos en otra función.

Con respecto a la separación de poderes, recuerdo las palabras de Gina Godoy en la Asamblea Constituyente:
"...es pertinente señalar tres aspectos fundamentales en este texto, y es precisamente el principio de la división de poderes, la supremacía de la Constitución y el Estado como un orden jurídico"... "no podrían concentrarse en una misma persona o la misma corporación funciones que arriesguen la libertad y la confianza de sus gobernados"
Me pregunto qué dice Gina ahora con respecto a la división de poderes.

El artículo 168 de la Constitución dice claramente:
La administración de justicia, en el cumplimiento de sus deberes y en el ejercicio de sus atribuciones, aplicará los siguientes principios:
1.- los órganos de la funcion judicial gozaran de independencia interna y externa. Toda violación a este principio responsabilidad administrativa, civil y penal de acuerdo con la ley.
2.- Con esto, se van al diablo la separación de poderes y su independencia. Bastará que un presidente (Correa o cualquier otro) tenga mayoría en la Asamblea Nacional y pueda captar cualquiera de las otras funciones (la defensoría pública, por ejemplo), para que tenga asegurado el manejo de la justicia. Es más, por el mero hecho de tener un representante, el partido político que tenga mayoría en la Asamblea Nacional y el presidente de la república (Correa o cualquier otro) estarán metidos en otra función.
3.- La impugnación ciudadana deja de ser obligatoria y pasa a ser una "posibilidad".
El derecho al pataleo quedará para el twitter, los blogs y los medios de comunicación, pero se hará lo que decidan los nominadores.

Hacer un Consejo de la Judicatura más eficiente que el propuesto en la Constitución puede ser necesario (aunque el CJ de la Constitución vigente aún no haya tenido la oportunidad de fracasar). El problema es que esa propuesta de eficiencia viene en combo con una integración de la CJ que impide la separación de poderes e independencia de la función judicial. Puede que en otros países el presidente esté habilitado para poner a los jueces, pero en Ecuador la cancha ya la marcamos, y los poderes deben ser independientes.

Por eso, mi voto en la pregunta 5 es NO

La pregunta 4 dice:
¿Esta usted de acuerdo en sustituir el actual Pleno del Consejo de la Judicatura por un Consejo de Judicatura de Transición conformado por tres miembros designados, uno por la función Ejecutiva, uno por la Función Legislativa y uno por la Función de Transparencia y Control Social para que en el plazo improrrogable de 18 meses ejerza las competencias del Consejo de la Judicatura y reestructure la Función Judicial, como lo establece el anexo 4?
Sin duda esta es la pregunta de cajón en toda la consulta. La que propició este proceso. Y la más peligrosa.

En la Constitución vigente, el anexo 20 dice que el Consejo de la Judicatura debe ser designado mediante un procedimiento previsto en la constitución, es decir, mediante concurso de méritos y oposición con veeduría e impugnación ciudadana en el que todos pueden participar.

El anexo de la pregunta 4 propone la creación de un Consejo de la Judicatura de Transición, conformado por tres delegados designados y sus respectivos alternos: uno por el Presidente de la República, uno por la Asamblea y uno por la Función de Transparencia y Control Social; todos los delegados y sus alternos estarán sometidos a juicio político.

Con esto, vuelve a perderse el principio de independencia de los poderes. Se vuelve a violar la Constitución. Y lo que es peor, en su intención de meter las manos en la justicia, el presidente arrastra a la Asamblea Nacional y al Consejo de Participación Ciudadana.
El anexo también dice:

"Queda sin efecto el concurso de méritos y oposición que lleva a cabo el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social para la designación de los nuevos vocales del Consejo de la Judicatura."

Ya León Febres Cordero se tomó las cortes. Fabián Alarcón hizo lo mismo, y botaron a Lucio por su pichicorte.

Para los que quieren un cambio en la justicia, debe quedar claro que ya la Constitución tiene un mecanismo para que las cosas cambien: un concurso de méritos y oposición con veeduría ciudadana e impugnación. Este proceso debe ser manejado por el Consejo de Participación Ciudadana, que pese a las limitaciones económicas propiciadas por Alexis Mera.

Los ecuatorianos ya votamos por la instauración de un Consejo de Participación Ciudadana que se encargue de nominar a los integrantes del Consejo de Judicatura, y este sistema no ha fracasado, no se lo ha dejado funcionar.

A pesar de la cantidad de juicios que tiene, aún confío en el presidente Correa, pero no confío en Alexis Mera ni en la gente que pueda estar detrás de este afán de tomarse las cortes. Y la verdad, confío más en Marcela Miranda que en el Presidente, y prefiero que sea el Consejo de Participación Ciudadana el que elija mediante un concurso transparente a los delegados del CJ.
Por eso, en la pregunta 4, mi voto es para el NO.

No hay comentarios: