miércoles, febrero 16, 2011
preguntas de la Consulta y el Referendum 2011 con sus anexos
ANEXO 1
Incorpórese a continuación del primer inciso al numeral 9 del artículo 77 uno que dirá:
"La orden de prisión preventiva se mantendrá vigente si por cualquier medio la persona procesada ha evadido, retardado, evitado o impedido su juzgamiento mediante actos orientados a provocar su caducidad. Si la dilación ocurriera durante el proceso o pridujera la caducidad, sea esta por acciones u omisiones de juezas, jueces, fiscales, defendor público, periotos o servidores de organos auxiliares, se considerará que estos han incurrido en falta gravísima y deberán ser sancionados de conformidad de la ley".
2. ¿Está usted de acuerdo con que las medidas sustitutivas a la privación de libertad se apliquen bajo las condiciones y requisitos establecidos en la Ley, de acuerdo al anexo 2?
ANEXO 2
El artículo 77 numeral 1 dirá:
"La privación de la libertad no será la regla general y se aplicará para gantizar la comparencia del imputado o acusado al proceso, el derecho de la víctima del delito a una justicia pronta, oportuna y sin dilaciones, y para asegurar el cumplimiento de la pena; procederá por orden escrita de jeuza o juez competente, en los casos, por el tiempo y con las fotrmalidades establecidas en la ley. Se exceptúan los delitos flagrantes, en cuyo caso no podrá mantenerse a la persona detenida sin fórmula de juicio por más de 24 horas. Las medidas no privativas de libertad se aplicarán de conformidad con los casos, plazos, condiciones y requisitops establecidos en la ley".
El artículo 77 numeral 2 dirá:
"La jueza o juez aplicará las medidas cautelares alternativas a la privación de libertad contempladas en la ley. Las sanciones alternativas se aplicarán de acuerdo con los casos, plazos, condiciones y requisitos establecidos en la Ley".
3. ¿Está usted de acuerdo con prohibir que las instituciones del sistema financiero privado así como las empresas de comunicación privadas de carácter nacional, sus directores y principales accionistas, sea dueños o tengan participación accionaria fuera del ámbito financiero o comunicacional, respectivamente, enmendando la Constitución como lo establece el anexo 3?
ANEXO 3
El primer inciso del artículo 312 de la Constitución dirá:
"Las instituciones del sistema financiero privado, así como las empresas privadas de comunicación de carácter nacional, sus directores y principales accionistas, no podrán ser titulares, directa o indirectamente, de acciones o participaciones, en empresas ajenas a la actividad financiera o comunicacional, según el caso. Los respectivos organismos de control serán los encargados de regular esta disposición de conformidad con el marco constitucional y normativo vigente".
En el primer inciso de la disposición transitoria vigésimo novena dirá:
"Las acciones y participaciones que posean las instituciones del sistema financiero privado, así como las empresas privadas de comunicación de carácter nacional, sus directores y principales accionistas, en empresas distintas al sector en que participan, se enajenarán en el plazo de un año contado a partir de la aprobación de esta reforma en referéndum".
4. ¿Está usted de acuerdo en sustituir al actual pleno de la Judicatura por un Consejo de la Judicatura de Transición, conformado por tres miembros elegidos, uno por la Función Ejecutiva, otro por el Poder Legislativo y otro por la Función de Transparencia y Control Social, para que en el plazo improrrogable de 18 meses, ejerza las competencias del Consejo de la Judicatura y reestructure la Función Judicial, como lo establece el anexo 4?
ANEXO 4
El artíclo 20 del Régimen de Transición dirá:
"Se disuelve el actual pleno del Consejo de la Judicatura. En su reemplazo se crea un Consejo de la Judicatura de Transición, conformado por tres delegados designados y sus respectivos alternos: uno por el Presidente de la República, otro por el Poder Legislativo y otro por la Función de Transparencia y Control Social; todos los delegados y sus alternos estarán sometidos a juicio político. Este Consejo de la Judicatura transitorio tendrá todas las facultades establecidas en la Cosntitución, así como las dispuestas en el Código Orgánico de la Función Judicial, y ejercerán sus funciones por un período improrrogable de 18 meses.
El Consejo de la Judicatura definitivo se conformará mediante el procedimiento establecido en la Constitución enmendada. El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social asegurará que los miembros del nuevo Consejo de la Judicatura estén desinganso antes de concluidos los 18 meses de funciones del Consejo de la Judicatura de transición.
Queda sin efecto el concurso de méritos y oposición que lleva a cabo el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social para la designación de los nuevos vocales del Consejo de la Judiactura.
Suprímase la disposición transitoria primera del Código Orgánifo de la Función Judicial".
5. ¿Está usted de acuerdo en modificar la composición del Consejo de la Judicatura, enmendando la Constitución y reformando el Código Orgánico de la Función Judicial como establece el anexo 5?
ANEXO 5
Enmiéndese la Constitución de la República del Ecuador de la siguiente manera:
"Art. 179.- El Consejo de la Judicatura se integrará por 5 delegados, y sus respectivos suplentes, quienes serán elegidos mediante ternas enviadas por el Presidente de la Corte Nacional de Justicia, quien lo presidirá; por el Fiscal General del Estado; por el Defensor Público; por la Función Ejecutiva; y por la Asamblea Nacional.
Los delegados mencionados en el inciso anterior, serán elegidos por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, a través de un proceso público de escrutinio con veeduría y posibilidad de impugnación ciudadana.
El procedimiento, plazos y demás elementos del proceso serán determinados por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.
Los miembros del Consejo de la Judicatura, tanto titulares como suplentes, durarán en el ejercicio de sus funciones 6 años.
El Consejo de la Judicatura rendirá su informe anual ante la Asamblea Nacional, que podrá fiscalizar y juzgar a sus miembros".
Así quedaron redactadas las preguntas de la Consulta Popular
1.¿Está usted de acuerdo que la Asamblea Nacional, sin dilaciones dentro del plazo establecido en la Ley Orgánica de la Función Legislativa, a partir de la publicación de los resultados del plebiscito, tipifique en el Código Penal, como un delito autónomo, el enriquecimiento privado no justificado?
2.¿Está usted de acuerdo que en el país se prohíban los negocios dedicados a juegos de azar, tales como casinos y salas de juego?
3.¿Está usted de acuerdo que en el cantón de su domicilio se prohíba los espectáculos que tengan como finalidad dar muerte al animal?
4.¿Está usted de acuerdo con que la Asamblea Nacional, sin dilaciones dentro del plazo establecido en la Ley Orgánica de la Función Legislativa, expida una Ley de Comunicación que cree un Consejo de Regulación que regule la difusión de contenidos de la televisión, radio y publicaciones de prensa escrita que contengan mensajes de violencia, explícitamente sexuales o discriminatorios; y que establezca criterios de responsabilidad ulterior de los comunicadores o medios emisores?
5. ¿Está usted de acuerdo con que la Asamblea Nacional, sin dilaciones dentro del plazo establecido en la Ley Orgánica de la Función Legislativa, a partir de la publicación de los resultados del plebiscito, tipifique como infracción penal la no afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social de los trabajadores en relación de dependencia?
martes, septiembre 30, 2008
El terruñito le dijo SÍ a la nueva Constitución

y todo porque el Jefe de la Campaña por el SÍ amenazó con prenderse fuego

SI: 75,25% (21.436 votos)
NO: 17,96% (5.117 votos)
VOTOS BLANCOS: 0,84% ( 238 votos)
VOTOS NULOS: 5,96% (1.697 votos)
Los resultados a nivel Nacional y de cada provincia se pueden consultar en la web del Tribunal Supremo Electoral

Sigo siendo rico
domingo, septiembre 21, 2008
Revista Selecciones y su visión política

En su edición de septiembre del 2008 publicaron el viejo chiste de la derecha, el de la fábula de la hormiga y la cigarra, pero no lo enfoca desde la vida real:

La verdad es que la hormiga se saca la madre trabajando, pero está tercerizada, y el billete se lo lleva el patrón. El salario que gana, sin seguridad social ni estabilidad, apenas le alcanza para comer, así que le toca conseguir dos o tres trabajos para sobrevivir. Ni de chiste le alcanza para comprar víveres para toda la semana.

Para revista selecciones, quienes se dedican a la música y al arte son vagos improductivos. Como si los músicos tocaran grateche. Son los herederos de la partidocracia los que se la pasan en farras, conciertos, etc.

Cuando llega el invierno, la hormiga no tiene dónde calentarse, el salario no le alcanza para la calefacción. A duras penas se ha endeudado para comprarse un televisor de plasma, que no necesitaba de urgencia, pero la publicidad batracea a quienes no tienen lo último de todo. Miles de hormigas mueren de frío y hambre por ese detalle.

En realidad, la cigarra vendió un millón de discos, se hizo el billete con la venta de camisetas, y duerme en su mansión empiernada con un par de groupies locas.

La cigarra supuestamente había muerto, pero selecciones no tuvo coherencia para contar la historia. En todo caso, la cigarra sí protestó, adoptó hormiguitas vietnamitas y etiopíes, y se la pasa de cóctel en cóctel para rogar por el hambre en las afueras de Gambela.

La verdad es que la televisión fue comprada por los dueños de las empresas donde trabajaban las hormigas, y en vez de informar acerca de lo que pasaba con las hormigas explotadas, sacó un reality. Sacó un pequeño reportaje donde un grupo de hormiguitas pasaban hambre, y luego eran ayudadas por un sapo empresario que para deducir impuestos y lanzarse de candidato a presidente, sacó su fundación "los sapos al poder". Todos se sorprenden de que en un país tan próspero, con tanto petróleo y sitios turísticos, hubiera hormigas sin acceso a la seguridad social u obras de infraestructura básica.

El gobierno no sólo subió los impuestos a la pobre hormiga explotada. También le hizo un feriado bancario y le retuvo todo el billete. Los sapos se habían enterado del asunto, y sacaron todos sus ahorros a tiempo. Se hicieron la bola de billete, pero a ellos nunca los persiguieron por hacer trabajar a la hormiga en condiciones infrahumanas.

La población trata de protestar, pero el sapo presidente los llama "forajidos" y les manda a abalear desde un ministerio. Los periodistas se hacen de la vista gorda con las protestas, y llevan las cámaras a sitios donde las protestas son minúsculas.

Millones de hormigas se van del país, pero muy pocas prosperan. La mayoría vive en condiciones laborales aún peores porque son ilegales. Sus antiguas casas pasan a poder de los coyoteros. Un sapo que trabajaba de notario y era pana de casi todos los otros sapos políticos muere de una sobredosis de holganza, comida y cerveza, llevándose el billete de miles de hormigas que también que salir huyendo de su país por las deudas. La cigarra muere por ¿segunda vez?

La verdad es que la banda de arañas y hormigas migrantes se dedica a trabajar para salir adelante, ya que en sus países liberales, los sapos empresarios y políticos anteponen los intereses de sus compadres y las empresas transnacionales al de los trabajadores.
Está claro que revista Selecciones, por ser una revista gringa, publica chistes de odio a los migrantes.

Pero eso no es todo, la revista Selecciones publica reportajes que fomentan la paranoia, el miedo, o en otros casos, para defender los intereses de las transnacionales.

No en vano los Marines pautan con esos manes.
martes, septiembre 16, 2008
domingo, septiembre 14, 2008
la peor pornografía del internet

visto en un blog de cuyo nombre no quisiera acordarme
y de yapa: la banda del NO

y pensar que decían que el internek no podía caer más bajo
jueves, septiembre 11, 2008
Curia ordena expulsar estudiantes de charla sobre contenido de nueva Constitución

El día de hoy expulsaron a aproximadamente 200 estudiantes de colegios 7 de Noviembre y 15 de Octubre, y prohibieron a estudiantes del colegio San Esteban participar en una charla en la que se iba a informar sobre la nueva constitución, responder sobre dudas y cuestionamientos referentes al texto constitucional, y entregar constituciones de bolsillo a la juventud naranjaleña.
Monseñor Arregui llamó reiteradamente para prohibir el acto una vez que se enteró de que la Asambleísta Sofía Espín estaba llegando al local para aclarar cualquier duda que tuvieran los jóvenes. Este evento había sido coordinado con el Rector del Colegio San Esteban, Lic. Ruperto Vera Álava, y no es el primero que se organiza en ese colegio.
De manera poco cordial (por decir lo menos), el diácono José Cedeño le dijo a la Asambleísta Espín que no era bienvenida en el salón de actos, y posteriormente expulsó a los estudiantes del lugar.
Hace poco se presentó en el mismo colegio el Asambleísta Guillermo Touma, quien informó a la ciudadanía sobre sus actividades en Ciudad Alfaro.
El próximo lunes 15 de septiembre la Asambleísta Sofía Espín se reunirá con estudiantes en el colegio 15 de Octubre para informar sobre el texto constitucional y aclarar cualquier duda que tenga la juventud de Naranjal. Estamos confiados de que en esa institución educativa sí hayan superado el oscurantismo, y no se cancele a última hora el evento que al igual que todos los que se ha organizado en el cantón Naranjal, tiene como único objetivo informar acerca del texto constitucional y aclarar cualquier duda que tenga la ciudadanía al respecto.
domingo, agosto 24, 2008
La constitución ecuatoriana de 1998 es la que permite el matrimonio gay
Veamos:
Art. 37.- El Estado reconocerá y protegerá a la familia como célula fundamental de la sociedad y garantizará las condiciones que favorezcan integralmente la consecución de sus fines. Esta se constituirá por vínculos jurídicos o de hecho y se basará en la igualdad de derechos y oportunidades de sus integrantes.
Protegerá el matrimonio, la maternidad y el haber familiar. Igualmente apoyará a las mujeres jefas de hogar.
El matrimonio se fundará en el libre consentimiento de los contrayentes y en la igualdad de derechos, obligaciones y capacidad legal de los cónyuges.
Como dijo acertadamente uno de mis groupies,
Art. 38.- La unión estable y monogámica de un hombre y una mujer, libres de vínculo matrimonial con otra persona, que formen un hogar de hecho, por el lapso y bajo las condiciones y circunstancias que señale la ley, generará los mismos derechos y obligaciones que tienen las familias constituidas mediante matrimonio, inclusive en lo relativo a la presunción legal de paternidad, y a la sociedad conyugal.
Tomando en cuenta que en el artículo 38 sí habla de un hombre con una mujer, debemos entender que los maricones no pueden vivir en unión libre, pero sí se pueden convertir en LOS Cónyuges, o en LOS Contrayentes. ¿Qué hacía Cristina Reyes cuando se aprobó esta aberración?
Art. 23.- Sin perjuicio de los derechos establecidos en esta Constitución y en los instrumentos internacionales vigentes, el Estado reconocerá y garantizará a las personas los siguientes:
(...)
3. La igualdad ante la ley. Todas las personas serán consideradas iguales y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin discriminación en razón de nacimiento, edad, sexo, etnia, color, origen social, idioma; religión, filiación política, posición económica, orientación sexual; estado de salud, discapacidad, o diferencia de cualquier otra índole.
(O sea que según la constitución de 1998, todo gay o lesbiana tiene el derecho, la libertad y la oportunidad de casarse sin que se le discrimine).
4. La libertad. Todas las personas nacen libres. Se prohibe la esclavitud, la servidumbre y el tráfico de seres humanos en todas sus formas. Ninguna persona podrá sufrir prisión por deudas, costas, impuestos, multas ni otras obligaciones, excepto el caso de pensiones alimenticias. Nadie podrá ser obligado a hacer algo prohibido o a dejar de hacer algo no prohibido por la ley.
O sea que los no nacidos no son libres. Aplicando la lógica de Arregui y compañía, los no nacidos pueden ser esclavizados nomás. ¡La constitución de 1998 NO defiende la libertad desde la concepción y da carta abierta a la esclavitud!
Art. 39.- Se propugnarán la maternidad y paternidad responsables. El Estado garantizará el derecho de las personas a decidir sobre el número de hijos que puedan procrear, adoptar, mantener y educar. Será obligación del Estado informar, educar y proveer los medios que coadyuven al ejercicio de este derecho.
En ningún lado dice que la adopción pueden decidirla las parejas heterosexuales que hayan contraído matrimonio o las parejas heterosexuales que vivan en concubinato.
Art. 49.- Los niños y adolescentes gozarán de los derechos comunes al ser humano, además de los específicos de su edad. El Estado les asegurará y garantizará el derecho a la vida, desde su concepción;…
“el derecho a la vida, desde su concepción”
Curioso, en las entrevistas, se ponen a llorar por la coma, pero resulta que la coma está después de la palabra vida, con la diferencia que no hace referencia al cuidado y protección que debe darse desde la concepción.
Art. 51.- Los menores de dieciocho años estarán sujetos a la legislación de menores y a una administración de justicia especializada en
Alguien argumentaba que en la nueva constitución se reconoce a niños y niñas desde el nacimiento, pero resulta que la constitución ecuatoriana de 1998 hace lo mismo.
Entonces,
¿Qué harán los homofóbicos del Ecuador? ¿Votarán Sí para que el matrimonio pueda darse solamente entre un hombre y una mujer? ¿Votarán NO a riesgo de que en cualquier momento los maricones se pongan pilas y aprovechen las puertas abiertas de la constitución ecuatoriana de 1998?
¿Por qué no se ha casado aún ninguna pareja homosexual, si no tiene ningún impedimento constitucional, y de hecho, tiene garantías y “ventanas abiertas” para hacerlo?
¿Dónde estaban Arregui, Cristina Reyes, Lucio, Anabella Azín, Alvarito, Galo Lara y compañía cuando se aprobó esa constitución que permite el concubinato y el matrimonio entre LOS contrayentes, y que en ninguna parte especifica que el matrimonio sólo puede darse entre un hombre y una mujer?
¿La hoja de
¿Tuvo ese factor alguna incidencia en el silencio de Arregui?
jueves, junio 26, 2008
Asamblea Constituyente: 9 horas
Si el dictócrata está haciendo campaña por el NO, ¿qué hacen los del Partido SoPa en Montecristi? Lo de siempre: inflar globitos, escribir cartelitos para regocijo de los medios de comunicación, golpear mesas, y hablablar de cualquier tema irrelevante en vez de ir a lo trascendente.

El Asambleísta que más ha hablado en el pleno llegó al folklórico extremo de ponerse un esparadrapo en la boca, como si no fuera suficiente todo el desperdicio de tiempo en el que se pasaba de desmayo en desmayo, renuncia con piola en renuncia con piola y de histrionismo en histrionismo.
Cordero entró como Alcalde de minoría cuando presidió el Concejo Municipal de Cuenca, pero se las arregló para lograr cambios fundamentales en la provincia austral, a estas alturas es “cuco viejo” en el manejo de sesiones. El ritmo de aprobación de leyes ha mejorado, y se supone que los asambleístas han revisado todos los artículos aprobados por las mesas en primera y segunda instancia, lo que permitirá debatir solamente en temas específicos en vez de perder el tiempo con tonterías, como cuando le dedicaron tanto a lo del escudo.
Ahora resulta que querían dos meses más, pero si Correa hubiera pedido que la Asamblea se tome el tiempo por el que ahorita están llorando, seguramente habrían salido rasgándose las vestiduras por el respeto al artículo 2 del reglamento.

En cuanto al artículo 9 del estatuto, éste se refiere a la elección al momento de instalación Aquí había un vacío, ya que no se había tomado en cuenta el procedimiento en caso de renuncia del Presidente de la Asamblea, pero la Asamblea puede tomar decisiones en los casos no contemplados en el reglamento. Si PAÍS hubiera querido aplicar el artículo 9, las cosas habrían quedado igual, excepto por un detalle: los Asambleístas de la partidocracia habrían tenido que buscar otra excusa para quemar tiempo.
Viteri quedó en evidencia al día siguiente en una entrevista para la televisión. Aceptó que su postulación para la vicepresidencia había sido para “demostrar” que se estaba violando el estatuto. No quería ser Vicepresidente, sabía que no podía. La consigna era quemar tiempo una vez más.
Cuando el periodista (creo que el jortiz, de teleamazonas), le dijo que “los eligieron para dar guerra hasta el final”, Viteri respondió “totalmente de acuerdo”
¿No que los habían elegido para hacer una Constitución y cambiar el marco institucional del Estado?
o al menos para hacer una oposición inteligente.

