miércoles, julio 30, 2008

refutando más argumentos ridículos para irle al NO a la nueva constitución del Ecuador

Revisando uno de esos blogs en los que claman por que todo siga como antes de la Revolución Ciudadana, encontré con un post cuyos argumentos van así:

Argumento trucho 1:

EL ESTADO INTERVENCIONISTA Y SOBREPROTECTOR El artículo 340 dice ‘el Estado generará las condiciones para la protección integral de las personas durante todo su ciclo de vida’.

¿Eso es lo que queremos de nuestra sociedad ‘la protección integral’, o más bien queremos que nos de las herramientas y oportunidades para caminar?

Los hechos:

El texto completo del Art. 340 dice lo siguiente:

Art. 340. El Estado generará las condiciones para la protección integral de sus habitantes a lo largo de su vida, que aseguren los derechos y principios reconocidos en la Constitución, en particular la igualdad en la diversidad y la no discriminación, y priorizará su acción hacia aquellos grupos que requieran consideración especial por la persistencia de desigualdades, exclusión, discriminación o violencia, o en virtud de su condición etaria, de salud, o de discapacidad.

La protección integral funcionará a través de sistemas especializados de acuerdo con la ley. Los sistemas especializados, se guiarán por sus principios específicos y los del sistema nacional de inclusión y equidad social…

Las otras Constituciones eran del tipo “yo te ofrezco, busca quién te de”. La nueva Constitución es más específica a la hora de determinar los procedimientos para que se cumplan los enunciados. El artículo 340 dice claramente: “generará las condiciones para la protección integral”. Algunos lloran porque hay gente que no está condiciones de abrirse paso por su cuenta a causa de la falta de inversión en el área social. Si el Estado no genera condiciones de protección integral para los grupos vulnerables, ¿quién más lo va a hacer? No todos los ecuatorianos son jóvenes profesionales que necesitan apenas “herramientas y oportunidades para caminar”. Hay miles de ecuatorianos y ecuatorianas que nacen con enfermedades degenerativas, discapacidad, desnutrición, etc., o que viven en ambientes en los que no pueden recibir salud y educación integral por factores históricos diversos. Esa soberbia es un claro síntoma de la miopía social de un pequeño grupillo de miserables chicos burbuja que prefieren que los demás se mueran de hambre antes de ser socialmente responsables.

Argumento trucho 2:

NO HAY VERDADEROS LIMITES A LAS FINANZAS PUBLICAS Se va a gastar mucho dinero, pero no hay límites en el gasto público que obliguen a priorizarlo. Mientras dure el precio alto del petróleo muy bien, luego…

Los hechos:

La planificación es obligatoria: La formulación y la ejecución del Presupuesto General del Estado se sujetarán al Plan Nacional de Desarrollo. Los presupuestos de los gobiernos autónomos descentralizados y los de otras entidades públicas se ajustarán a los planes regionales, provinciales, cantonales y parroquiales, respectivamente, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo (Art. 291). Todo programa financiado con recursos públicos tendrá objetivos, metas y un plazo predeterminado para ser evaluado, en el marco de lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo. (Art. 295)

Habrá control, preasignaciones y transparencia en el presupuesto: La Asamblea Nacional controlará que la proforma anual y la programación cuatrianual se adecuen a la Constitución, a la ley y al Plan Nacional de Desarrollo y, en consecuencia, las aprobará u observará. (Art. 292). Se establecen preasignaciones presupuestarias destinadas a los gobiernos autónomos descentralizados, al sector salud, al sector educación, a la educación superior; y a la investigación, ciencia, tecnología e innovación en los términos previstos en la ley. Las transferencias correspondientes a preasignaciones serán predecibles y automáticas. Se prohíbe crear otras preasignaciones presupuestarias. (Art. 296). Toda la información sobre el proceso de formulación, aprobación y ejecución del presupuesto será pública y se difundirá permanentemente a la población por los medios más adecuados. (Art. 293)

La rendición de cuentas es obligatoria: La Función Ejecutiva presentará cada semestre a la Asamblea Nacional el informe sobre la ejecución presupuestaria. De igual manera los gobiernos autónomos descentralizados presentarán cada semestre informes a sus correspondientes órganos de fiscalización sobre la ejecución de los presupuestos. La ley establecerá las sanciones en caso de incumplimiento. (Art. 294)

Argumento trucho 3:

NO SE ASEGURA UNA MONEDA SÓLIDA COMO EL DÓLAR Se deja esto en manos de la ley

Los hechos

¿En qué parte de la Constitución de Estados Unidos dice que la moneda oficial es el dólar? ¿Y qué pasa si el dólar se va al diablo? En un futuro podría ser mejor pasarnos al euro, al rafico, o a cualquier otra moneda que brinde las condiciones para desarrollarnos sin depender de las devaluaciones para ser más competitivos. Además, lo que ha salvado a la dolarización es el billete de las remesas de los migrantes.

Argumento trucho 4:

LA SEGURIDAD SOCIAL – UN PEOR SISTEMA DE JUBILACIONES El actual sistema monopólico, estatal y de caja única NO brinda un buen servicio, no genera confianza y tiene un déficit proyectado de 5.000 a 10.000 millones de dólares.

La Constitución mantiene ese mismo sistema, al cual solo se le agrega el Banco del Afiliado. En nada cambian los desincentivos fundamentales que mantendrán el mismo tipo de problemas.

Además se le ofrece la posibilidad de acceso a grupos humanos que no van a aportar sino solo recibir beneficios, con recursos que vendrán del Estado.

A alguien se le ENGAÑA porque el Estado no podrá a la vez cubrir el déficit del actual sistema y lo que se requiere para los grupos adicionales. A no ser que la economía realmente despunte y existan muchos más afiliados aportantes, pero eso no va a suceder.

Había que ir por lo menos a un sistema mixto eficiente y solidario, donde cada persona pueda tener su propia cuenta de jubilación.

Los hechos:

El Gobierno de la Revolución Ciudadana es el único que ha tenido la decisión para pagar la deuda que tenía el Estado con el IESS. Por otro lado, ¿Nadie ha visto Sicko, de Michael Moore? Alí se compara el privatizado sistema de seguridad gringo con el sistema francés o el cubano, que le dan al Estado la responsabilidad por atender a quienes necesitan de ayuda social. La razón por la que el estado financiará la seguridad social de personas que no pueden aportar es simple: si el petróleo es de todos los ecuatorianos, es justo que parte de los ingresos petroleros vayan en beneficio de sus propietarios, aunque a un grupillo de miserables no le guste, tendrán que ver cómo las personas que no tienen los recursos para pagar por el servicio acceden a la salud y seguridad social, incluso el permiso de paternidad.

Lo que dice la Constitución:

El sistema de seguridad social es público y universal, no podrá privatizarse. La protección de las contingencias se hará efectiva a través del seguro universal obligatorio y de sus regímenes especiales. El sistema se guiará por los principios del sistema nacional de inclusión y equidad social y por los de obligatoriedad, suficiencia, integración, solidaridad y subsidiaridad. (Art. 366). Funcionará con base en criterios de sostenibilidad, eficiencia, celeridad y transparencia. (Art. 367)

El seguro universal obligatorio cubrirá las contingencias de enfermedad, maternidad, paternidad, riesgos de trabajo, cesantía, desempleo, vejez, invalidez, discapacidad, muerte y aquellas que defina la ley. Las prestaciones de salud de las contingencias de enfermedad y maternidad se brindarán a través de la red pública integral de salud.

El seguro universal obligatorio se extenderá a toda la población urbana y rural, con independencia de su situación laboral. Las prestaciones para las personas que realizan trabajo doméstico no remunerado y tareas de cuidado se financiarán con aportes y contribuciones del Estado. La creación de nuevas prestaciones estará debidamente financiada. (Art. 368).

Argumento trucho 5:

LA EDUCACION SIN LOS CAMBIOS ESENCIALES Más allá de algunas frases que suenan bien, los mecanismos fundamentales NO se modifican: NO hay descentralización. NO se plantea que los recursos vayan directo a los estudiantes y a las escuelas, con lo cual las partidas presupuestarias seguirán siendo manejado por los profesores y cuando dejan una escuela, también lo dejarán sin presupuesto tal como ahora sucede. NO se vincula el sistema nacional de calidad con la evaluación a los profesores, con lo cual todas las decisiones sobre profesores seguirán siendo manipuladas y manejadas desde el poder sindical y burocrático.

NO se plantea ningún mecanismo para hacer realidad el precepto de que ‘las familias podrán escoger para sus hijos una educación acorde con sus valores, creencias y enfoques pedagógicos’. Yo había planteado que se establezca una partida presupuestaria a nombre de cada niño para que él pueda escoger el tipo de educación que quiera.

Los hechos:

La educación no debe estar supeditada a los cálculos o incompetencia de gobiernos locales que lleguen con agenda propia a imponer métodos de enseñanza acordes a sus intereses o limitaciones particulares. Si el Estado no coordina este importante factor, habrá cantones en los que el desarrollo educativo será menor, ya que no contarían con suficiente presupuesto, o lo desviarían para temas no prioritarios.

La educación pública será universal y laica en todos sus niveles, gratuita hasta el tercer nivel de educación superior inclusive. (Art. 28) Los padres o sus representantes tendrán la libertad de escoger para sus hijas e hijos una educación acorde con sus principios, creencias y opciones pedagógicas (Art. 29). El mecanismo para hacerlo es llevar a los niños y niñas a la escuela en la que uno quiera matricular a su prole., la educación es un servicio público que se prestará a través de instituciones públicas, fiscomisionales y particulares. (art. 344). El sistema nacional de educación comprenderá las instituciones, programas, políticas, recursos, actores del proceso educativo y acciones en los niveles de educación inicial, básica y bachillerato, y estará articulado con el sistema de educación superior. El Estado ejercerá la rectoría a través de la autoridad educativa nacional, que formulará la política nacional de educación, la regulará y controlará todas las actividades relacionadas con la educación, así como el funcionamiento de las entidades del sector. (Art. 343) El Estado regulará y controlará todas las actividades de los actores del proceso educativo, eso incluye la evaluación (regulación y control) de los profesores (actores del proceso educativo) Existirá una institución pública, con autonomía, de evaluación integral interna y externa que promueva la calidad de la educación. (Art. 345). En ningún lado dice que los profesores manearán el billete. Pedir que cada estudiante reciba una partida presupuestaria no permitiría el desarrollo equitativo de la sociedad, y es casi como si yo, para ahorrarme trámites, le diera $50 semanales a la chima para que ella vea dónde y qué come.

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